El blanqueo sofisticado de dinero sucio
El grupo empresarial Zeta Gas, el monopolio del gas licuado en México, opera con una red de 85 sociedades, algunas meras sociedades instrumentales, entre las que se incluye Zetagas Holding radicada en Luxemburgo; según la prensa mexicana en, Agosto 2007, era objeto de investigación porque debido a su gran dimensión financiera estaba estructuralmente expuesta al blanqueo de capitales ilícitos. Los 'Informes para 2007 y para 2006 de la Oficina contra el Narcotráfico del Departamento de Estado de los EEUU' dedican varias páginas a Luxemburgo; bajo una prosa aséptica aportan datos significativos de la importancia del fenómeno del lavado de dinero sucio en el Gran Ducado, aunque se reconozca un reciente esfuerzo de las autoridades por lograr un mayor control. Destaca el hecho de que la mayoría de los bancos registrados allí sean filiales de bancos de Alemania, Francia, Bélgica, Italia y Suiza, de donde procede el mayor volumen de la actividad financiera, por lo que los clientes de esas nacionalidades suelen aparecer implicados en un número significativo de informes sobre transacciones sospechosas. Aunque este microestado no sea un eje importante en la distribución de droga en Europa la dimensión y “el grado de sofisticación” de su centro financiero ofrece grandes oportunidades para el negocio del dinero sucio, relacionado con el narcotráfico y la financiación del terrorismo. Estas observaciones son avaladas por el Informe del FMI de Diciembre de 2004 aunque considera que Luxemburgo dispone de “un sólido marco legal y de supervisión penal de antiblanqueo y contra la financiación del terrorismo” y “en general cumple con casi todas las recomendaciones del GAFI” del cual es miembro. Pero ese marco legal es de dudosa eficacia en la práctica porque el alto volumen de negocios transfronterizos, el secreto bancario riguroso, la banca personalizada y “ciertos vehículos para inversiones” crean un entorno difícil para la efectividad de las medidas contra la financiación del terrorismo y el antiblanqueo, con un factor añadido en el escenario porque este país carece de información sobre las operaciones transnacionales. El Informe de 2007 recomienda a Luxemburgo el refuerzo de la prevención del abuso de su sector financiero, regulando el uso continuado de acciones al portador y la ratificación del Convenio de la ONU contra la Delincuencia Transnacional Organizada. Ambos Informes citados señalan que la legislación del sector financiero de Luxemburgo refleja en gran medida las directivas europeas sobre blanqueo, señalando deficiencias legislativas como la carencia de una base legal clara para la unidad de inteligencia financiera (la Cellule de Renseignement Financier), reclamándole que regule legalmente la utilización de acciones al portador y establezca normas sobre información de los movimientos transfronterizos de moneda. La legislación luxemburguesa autoriza la inaplicación de las normas del secreto bancario, estando los profesionales obligados a cooperar con las investigaciones; pero las estructuras formales y legales ocultan los vínculos sociales estrechos y las conexiones locales en este diminuto país donde una oligarquía influyente controla los resortes estatales, como revelan los libros del periodista francés Denis Robert, que corroboran el rasgo común a todos los paraísos fiscales offshore en los que una élite local resulta beneficiaria directa de los negocios financieros con los no residentes. Para lograr la condena judicial por lavado de dinero sucio, los fiscales tienen que demostrar la intencionalidad criminal, no bastando la negligencia que puede ser objeto de multas elevadas. La intensa actividad de la delincuencia financiera ha hecho que el numero de informes sobre operaciones sospechosas detectadas aumentaron más del doble de 2001 a 2004, para descender al año siguiente. El Informe estadounidense menciona una serie de casos sometidos a procesos judiciales de los últimos años con datos sobre el desbordamiento que sufren las autoridades para controlar una actividad financiera tan voluminosa donde el marco neoliberal imperante con mecanismos opacos. Y subraya que solamente se haya producido un procesamiento sobre blanqueo, que aún estaba pendiente; y para 2007 estaba previsto la celebración de otro juicio más sobre blanqueo. Lo que es un indicio de una gran actividad persecutoria del lavado de dinero sucio en el Gran Ducado.
Clearstream International
El auge financiero de Luxemburgo se asocia a la organización de la compensación y liquidación de las operaciones financieras transnacionales y sus pagos, sustituyendo las remesas de papel de los títulos y valores por anotaciones electrónicas, mediante la creación de Cedel, luego Clearstream. Esta cámara de compensación( clearing) facilita las operaciones financieras por vía electrónica (compras de acciones, bonos, depósitos, préstamos), que se ven simplificadas y consolidadas regularmente mediante la compensación electrónica interbancaria, que consiste en la acumulación de créditos y deudas de los operadores económicos y su liquidación y abono de los saldos resultantes, reduciéndose o eliminándose el desplazamiento de efectivo; además del registro y garantía de la solvencia de la contraparte. Cedel-Clearstream junto con Euroclear en Bélgica son las dos sociedades de compensación de rango internacional en Europa. Desde Julio de 2002 opera Clearstream International, resultado de la fusión de Cedel International y Deutsche Börse Clearing, la cámara de la Bolsa Alemana, propiedad del Deutsche Börse Group se ha convertido en proveedor principal de servicios de intercambio y liquidación de pagos sobre valores de renta fija y variable, mediante la compensación, liquidación y custodia de valores. En Diciembre de 2005, de las transacciones procesadas sólo el 22% se registran como operaciones bursátiles y el 78% son OTC (Over The Counter) operaciones extrabursátiles. En años recientes, los libros del periodista francés Denis Robert (Revelation$, La boîte noire) revelaron las prácticas de dudosa legalidad aplicadas por este “banco de bancos” como verdadera caja negra de las transacciones financieras relacionadas muchas con operaciones de dinero negro, mediante un doble sistema de cuentas codificadas, secretas o no publicadas, que permitían a bancos y grandes corporaciones efectuar transferencias que no quedaban reflejadas en los listados oficiales de la entidad; por lo general se trataba de cuentas de filiales domiciliadas en notorios paraísos fiscales offshore; por este sistema circularon operaciones de grandes escándalos financieros como el famoso caso del Banco Ambrosiano y la Banca rusa Menatep. En 2006 2007, Clearstream daba su nombre a otro escándalo político que implicaba a agentes del espionaje, jueces y ministros del Gobierno francés, mediante la utilización de sus listados, falsificados esta vez al parecer.
LOS HOLDINGS FINANCIEROS SIN TRANSPARENCIA
En la actualidad, tras los EEUU, Luxemburgo es el segundo centro más importante en el mercado mundial de los fondos de inversión, gestionando fondos con un valor combinado de 1,7 billones de euros (unos 2,18 billones de dólares), según registra la Oficina estadounidense citada, siendo las compañías de seguros y de reaseguros los actores clave; dispone de una banca importante y de una capitalización bursátil muy superior a la de las islas Caimán, Singapur o Hong Kong. En 2006 había establecidos 154 bancos con un balance total de 824,000 millones de euros, casi veinticinco veces el valor del PIB luxemburgués, otro rasgo común a todos los centros offshore. Y en la Bolsa de Luxemburgo cotizaban más de 35,000 títulos de valores emitidos por casi 4,100 entidades de unos cien países diferentes; y una nueva legislación aprobada permite la constitución de fondos de capital riesgo o societé d´investissement en capital a risqué (Sicar). Y es que “su estricta legislación sobre secreto bancario permite a las instituciones financieras internacionales beneficiarse de y operar una amplia gama de servicios y actividades” bajo unas normas asumidas por sus profesionales bancarios, que pueden ser sancionados fuertemente por la revelación de datos sobre los clientes.
Los holdings 29 y las SOPARFI
El emblema del paraíso fiscal de Luxemburgo son los holdings 1929 -“H. 29” en la terminología de los iniciados- que al amparo de una regulación original de las sociedades de cartera de valores tienen por objeto poseer y administrar las participaciones financieras en el capital de otras sociedades, ofreciendo como mayor atractivo sus ventajas fiscales y su confidencialidad. Son los “holdings puros” regulados por la ley desde 1929 que hay que distinguir de las sociedades de participación financiera (SOPARFI) amparados por otra ley de 1990. Las diferencias esenciales entre ambas modalidades de sociedades de cartera son fiscales; mientras la SOPARFI esta sujeta a los impuestos, quedando exentos solamente los dividendos y las plusvalías por cesión de participación, el holding 1929 disfruta de una fiscalidad reducida al 1 % de la aportación en el momento de la suscripción del capital, y la tasa de pago anual del 0,2 % del capital desembolsado; no pagando impuesto de sociedades, ni IVA, ni impuestos sobre las rentas sean de la naturaleza que sean, dividendos, intereses, tasa por autorizaciones, etc, pero no se beneficia de los convenios de doble imposición suscritos por Luxemburgo con los demás países; y se caracteriza, además, por sus normas de constitución y de funcionamiento que garantizan la opacidad. Estas ventajas fiscales se justifican oficialmente por el hecho de que el objeto social de las sociedades de cartera quedado limitado a las operaciones financieras, no estando autorizadas para ejercer una actividad industrial o comercial; aunque es evidente que la regulación está concebida con la finalidad deliberada de atraer capital al Gran Ducado. Aunque los holdings y las SOPARFI se constituyen en forma de sociedades anónimas o de sociedades de responsabilidad limitada, la forma de SA es con mucho la mas frecuente, porque permite la emisión de acciones al portador, transferibles inmediatamente; dos accionistas como mínimo, titulares personas jurídicas o físicas, residentes o no residentes, y un capital mínimo de euros con desembolso de un cuarto de ese capital en el momento de la constitución. Para su publicidad mediante el registro de comercio y de sociedades, no se exige aportar información de la composición de la cartera y la identidad de los acreedores y deudores. (La modalidad autorizada varía según el tipo de actividad de la sociedad de cartera, como holdings de control de un grupo de sociedades; holdings de gestión de una cartera de valores mobiliarios; para la promoción de la suscripción de acciones de sociedades; para la gestión de la cartera de una patente; y holdings de financiación, para la emisión de empréstitos en bonos u obligaciones cuyos ingresos sirvan para la financiación de las sociedades integradas en un grupo empresarial)
Billones sin transparencia
En 2006 operaban unas 2,158 sociedades o fondos de inversión colectiva con activos financieros próximos a 1,7 billones de euros (2,18 billones de dólares), además, Luxemburgo tenía registradas unas 15,000 sociedades de cartera o holdings, más un buen número de compañías aseguradoras y de compañías de reaseguros, según datos de la Oficina estadounidense referida. Actualmente los miles de H.29 existentes se utilizan menos como instrumento de control de un grupo de sociedades, ya que los operadores financieros prefieren recurrir a las “sociedades de control de participaciones”, que es la denominación educada de las SOPARFI; mientras que los H.29 son preferidos por los acaudalados particulares para la gestión de patrimonios privados porque las rentas generadas no tributan en el Gran Ducado, aunque puedan tributar en el país de origen del accionista si son declaradas. De ahí que sean más instrumentos de gestión patrimonial que elemento de la estrategia fiscal de las corporaciones; dato en que se apoya la oligarquía luxemburguesa para considerar injustificado que estos holdings sean considerados como practicas fiscales perjudiciales, que políticamente Luxemburgo no está dispuesto a suprimir. Pero, tras cuatro años de investigaciones, en Julio de 2006 los servicios de la competencia de la Comisión europea alcanzaban la conclusión de que estos holdings son un mecanismo contrario a la norma de la competencia, pero sin imponer ninguna penalización a Luxemburgo. La Comisaria de la Competencia pedía a las autoridades luxemburguesas que eliminaran este régimen fiscal antes de finalizar 2006 pero el plazo oficial llega hasta 2010, aunque el ministro luxemburgués del Tesoro subrayaba que estas estructuras no tienen ahora la importancia que tenían porque se “destinan solo a la gestión de fortunas familiares”. Y por otro lado, las SOPARFI también ofrecen ventajas fiscales. De ahí que la Agencia Carlton Press en Internet ofrezca la constitución de una sociedad SOPARFI en Luxemburgo por un coste de 10,999 dólares estadounidenses, incluyendo la constitución, las tasas gubernamentales, las tasas del primer año, agente autorizado, directores testaferros, etc.; siendo suficiente un accionista y tres directores con exención fiscal offshore y abono de una tasa anual de 150 dólares (datos al 4 Feb 2006) Esas estructuras que no sólo son un instrumento para la reducción de ingresos fiscales de sus socios europeos sino que su funcionamiento permite garantizar el anonimato a los políticos y funcionarios corruptos que utilicen este tipo de sociedad.
Desde luego, es obvio que la relevancia internacional de Luxemburgo se corresponde más con estas ventajas comparativas que con su dimensión geográfica o cultural, que abarcan entre otras cosas un buen número de convenios internacionales suscritos fuera del ámbito de la UE. Como ejemplo de su influencia internacional, la Agencia para la transferencia de tecnología financiera de Luxemburgo, cuyo presupuesto para 2004 superaba los dos millones de euros, viene prestando asistencia técnica a los gobiernos y bancos de países del Este y Balcanes como República Checa, Rumania, Bulgaria, Croacia, Bosnia, Macedonia y también a Rusia, Ucrania y Egipto, contribuyendo con su experiencia y conocimientos técnicos a modelar los sistemas financieros ruso y chino. Texto: J. H. Vigueras. Ver: PARTE 1
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